Pregunta para Congreso de los diputados

¿Prevé el Congreso exenciones fiscales para pensionistas que venden su escaso patrimonio por necesidad?

1 pertsonak babestu dute
1 de1500 Apoyos

Tengo 67 años y percibo una pensión de unos 1.400 € mensuales. Hace más de veinte años compré junto a mi marido —fallecido en 2014— un solar que nunca fue un bien especulativo, sino un proyecto de vivienda familiar que no llegó a realizarse.

En 2025 me he visto obligada a venderlo por 80.000 € para intentar comprar una vivienda en Galicia (proyecto frustado de nuevo por la excesiva carga fiscal a la que me he visto sometida) y vivir cerca de mi hija y mis nietos. Mi hija está atravesando una situación familiar y económica muy difícil.

Por esta venta se me exige pagar más de 16.000 € entre IRPF y plusvalía municipal, pese a que mi patrimonio es muy escaso y carece de liquidez, y a que:

No se corrige el valor de adquisición por inflación.

No se distingue entre ventas por necesidad y operaciones especulativas.

No se tiene en cuenta la edad ni la capacidad económica real del contribuyente.

En la plusvalía municipal, el incremento de valor no deriva de inversiones del Ayuntamiento.

La eliminación en 2014 de los coeficientes de actualización y abatimiento ha provocado una tributación desproporcionada para muchas personas mayores, contraria al principio de capacidad económica del artículo 31.1 de la Constitución.

En otros países, como Francia, las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de un inmueble se gravan de forma mucho más proporcional:

Inmuebles poseídos más de 22 años están totalmente exentos.

Para inmuebles con menos tiempo de tenencia, existen reducciones progresivas por cada año.

Existen beneficios adicionales para personas mayores de 65 años con ingresos modestos.
Además, no existe un impuesto equivalente a la plusvalía municipal española, de modo que no se penaliza la mera titularidad de un bien ni se grava un valor acumulado durante décadas.

Esto demuestra que es posible un sistema fiscal que respete la capacidad económica real y no penalice a quienes venden propiedades por necesidad, como en mi caso.

Solicito que se estudie la posibilidad de adaptar criterios de justicia y equidad que tengan en cuenta la edad, los ingresos y la finalidad de la venta, evitando cargas confiscatorias sobre pensionistas y personas mayores con patrimonio limitado.

¿Tiene previsto el Congreso impulsar reformas que permitan exenciones, reducciones o condonaciones fiscales en casos de venta por necesidad vital y patrimonio escaso sin capacidad económica real?

1 pertsonak babestu dute
1 de1500 Apoyos