Pregunta para Senado

¿Qué criterio se sigue al establecer como edad mínima 5/6 años para viajar a larga distancia con servicio de acompañamiento? ¿Realmente se han seguido los consejos de expertos en psicología infantil y apego seguro para fijar esta edad tan temprana?

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MJ . Pregunta de MJ .

Escribo este texto para exponer una situación personal que me ha hecho pensar en la cantidad de veces que anteponemos los intereses de los adultos a los intereses de los niños. Esta situación no es otra que la de viajar solos en transporte público de larga distancia, con un acompañante desconocido, para cumplir con los requisitos de las custodias. 

En mi caso, estoy separada y mi ex marido decidió no vivir cerca de su hija e irse a Madrid, mientras mi hija y yo nos quedamos en Barcelona. Hasta ahora, mi hija pasaba las vacaciones allí en Madrid, no obstante, el juez sentenció que a partir de los seis años la pequeña va a tener que ir una vez al mes a Madrid (más los puentes y las vacaciones) con servicio de acompañamiento de transporte público para facilitar, a criterio del juez, los traslados. 

Ya de por sí me parece una situación difícil para cualquier niño el hecho de tener que despedirse de su padre o de su madre para pasar un tiempo sin verles, pero todavía se complica más si va a viajar solo con un desconocido. Esto es lo que no tienen en cuenta los jueces, que buscan resolver situaciones complicadas con servicios que se han adecuado a necesidades de los adultos y todo esto perjudicando al menor que es el que debería verse afectado lo menos posible ante la separación de sus padres. Nada más lejos de la realidad.

En tren la edad mínima a la que un niño puede ir solo con servicio de acompañante es de seis años, mientras que en las compañías aéreas es de cinco. Personalmente, me parece buena idea el servicio de acompañamiento, sin embargo considero que a los seis años los peques todavía no entienden la situación y esto les genera un estado de ansiedad innecesario. 

Por este motivo, me gustaría dirigirme a las instituciones, que son las que deben hacer prevalecer el interés del menor por encima de las necesidades o intereses de los adultos, con la intención de proponer que se revisen estos protocolos que ciertamente no están en línea de lo que recomiendan los expertos en materia. Asimismo, que se modifique la edad mínima para que los pequeños viajen solos. A partir de los ocho o diez años sería una edad más que razonable, ya que los niños tienen más capacidades para entender lo que está sucediendo y ya cuentan con cierta madurez evolutiva y tienen más herramientas para enfrentarse a esta situación de una forma más natural.

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