¿Conciliación familiar para mujeres?
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Eva Abuin Bideburu

No se puede despedir por pedir un derecho que marca la ley 39/1999 y la ley de Igualdad


Hola David, 

Según la ley la trabajadora tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con la empresa. Sin tener que pedir reducción de jornada.Puede pasar que aunque sea un derecho la empresa lo niegue.  

No se puede despedir por pedir un derecho que marca la ley  39/1999 y la ley de Igualdad. Otra cosa es que busquen otras excusas para llevar el despido adelante. 

Si necesitas información más concreta también puedes preguntar en el caso de vivir en de Euskadi EMAKUNDE-INSTITUTO VASCO DE LA MUJER                            Manuel Iradier, 36. 01005 VITORIA-GASTEIZ                   945 016 550

Puedes contactar en el siguiente correo electrónico  emakunde.defensoria@euskadi.eus o concertar cita para una reunión presencial  945 016 550

En navarra puedes contactar con El INSTITUTO NAVARRO PARA LA IGUALDAD en colaboración con los Colegios de Abogacía de Pamplona, Tudela, Estella y Tafalla facilita de manera gratuita un servicio de información, asesoramiento y ofrecen servicio jurídico gratuito en los casos que proceda.

Instituto Navarro para la igualdad    

c/ Alhóndiga, nº 1, 2º. Alondegi kalea, 1-2 solairua. Pamplona-Iruña  Teléfono: 848 42 15 88              Correo:electrónico:instituto.navarro.igualdad.@navarra.es

Gracias!


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Eva Abuin Bideburu
 Pregunta ¿Conciliación familiar para mujeres?

Arratsalde on Eva, un saludo desde Gares Puente la Reina, Navarra

En una familia monoparental, la mujer concretamente que tiene a su cargo un menor de edad ¿puede pedir el turno de trabajo que mejor le convenga, dentro de los disponibles en la empresa, y sin pedir reducción de jornada? 

En caso de que así fuera, y con la actúal reforma laboral, ¿podrían despedirla por exigir tal cambio, pagandole la correspondiene indemnización por despido improcedente? o en caso de su improcedencia ¿podría decretarse su reincorporación?

Eskerrik asko ikusi arte!

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Usuario Anónimo Usuario Anónimo
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02.09.2017

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