Pregunta para Parlamento de Andalucía

¿Qué medidas concretas plantean para conservar las colonias de vencejos de Sevilla incluídos los vencejos invernantes?

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Ecourbe Pregunta de Ecourbe

Solo en tres puntos de Europa se ha registrado la presencia de vencejos invernantes y uno de ellos es Sevilla, en las oquedades del Edificio Cabo Persianas en la Plaza de la Magdalena.

La fachada del Edificio Cabo Persianas se cubrió con un andamio y red en enero enero para efectuar unas obras que afectan negativamente la entrada y salida de la veintena de vencejos invernantes a sus refugios. Las obras están planteadas para finalizar a final de marzo, afectando también a los vencejos que cada primavera forman una gran colonia reproductora en este edificio y que llegarán en las próximas semanas. Además, las modificaciones que se realizarán en la fachada, muy probablemente harán inviable el uso de los huecos donde se refugian los vencejos, como ya ha ocurrido otras veces.

Esta colonia invernante está en disminución debido a la destrucción de sus refugios que deliberadamente realizan los inquilinos. La primera planta fue totalmente sellada hace dos años, quedando la colonia invernante reducida a la mitad y en un mínimo refugio en el que aguantan algunos ejemplares y que ahora se ve afectado por las obras.

La administración no reconoce la existencia de esta colonia singular, por lo que se encuentra en una situación de total desprotección, permitiendo la actual obra así como la destrucción de sus nidos con total impunidad.

 

Por ello pedimos:

- Que se retire urgentemente esta red que impide el acceso a los nidos y cuyas obras interfieren con la colonia de vencejos invernantes así como con los ejemplares que llegan en las próximas semanas.

- Que se lleven a cabo medidas compensatorias por todos los huecos que se sellaron hace dos años para impedir el acceso a los vencejos invernantes.

- Que se prohíba seguir sellando los accesos a los nidos y se coloquen cajas nido por los que ya se han destruido.

- Que la Delegación de medio Ambiente reconozca y registre la presencia de la colonia de vencejos invernantes para garantizar su conservación.

- Que se proteja estrictamente la colonia de vencejos invernantes impidiendo que vecinos de manera individual puedan tomar decisiones sobre su futuro.

Es indispensable que las autoridades responsables en materia de Urbanismo se coordinen con los servicios de medio ambiente para evitar sucesos como este y otros que con demasiada frecuencia ocurren en España. En este caso son vencejos invernantes, pero se destruyen cada año decenas de colonias de estas aves sin que nadie haga nada, siendo las restauraciones la principal causa del declive de sus poblaciones. Ya existe conocimiento suficiente para plantear un cambio en la gestión de manera que puedan convivir aves y propietarios sin que ninguna de las partes salga perdiendo.

La colocación de cajas nido en puntos del edificio donde no existiera molestia para los vecinos sería la solución para favorecer a esta colonia en peligro y para promover un patromonio natural único en Andalucía que pondría en valor a la ciudad de Sevilla.

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Noticia en La Vanguardia: http://www.lavanguardia.com/local/sevilla/20180221/44963116489/alertan-de-la-destruccion-en-sevilla-de-colonias-unicas-de-vencejo-palido.html

Noticia en El Diario de Sevilla: http://www.diariodesevilla.es/sevilla/Vencejos-nidos_0_1220878423.html

Noticia en EuropaPress: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-seo-birdlife-alerta-obras-sevilla-amenazan-colonia-vencejos-palidos-invernantes-20180221164638.html

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Sobre la protección del vencejo:

El vencejo pálido está estrictamente protegido, tanto los adultos como las crías, de acuerdo con las regulaciones vigentes y aplicables en materia de conservación del patrimonio natural. De esta manera, el vencejo pálido está incluida en la Lista de especies en régimen de protección especial (Real Decreto 139/2011), que integra aquellas especies, subespecies y poblaciones que merecen especial atención y protección. El listado se basa en lo que se especifica en el artículo 56 de la Ley 42/2007, de 13 de Diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, estando prohibido afectar negativamente a sus poblaciones. Así, el artículo 57.1 de la Ley citada, sobre "Prohibiciones y garantía de conservación para el Especies incluidas en la Lista de Especies Silvestres en el Régimen de Protección Especial" establece, entre otras, la siguiente prohibición: "Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías o huevos, el de cualquier acto hecho con el propósito de darles la muerte, capturar, perseguir o molestar, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada…”.

El vencejo pálido figura también listado en el Anexo II del Convenio de Berna (BOE n° 235 de 1 de octubre de 1986), relativo a conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, ratificado por el Estado Español, como "Especie Estrictamente Protegida”, y para el cual son de aplicación las prohibiciones  del artículo 6 del reglamento, citando textualmente las siguientes:

- Cualesquiera formas de captura intencionada, de posesión y de muerte intencionadas

- El deterioro o la destrucción intencionados de los lugares de reproducción o de las zonas de reposo.

- La perturbación intencionada de la fauna silvestre, especialmente durante el periodo de reproducción, crianza e invernada.

¡Sí a las colonias de vencejos de Sevilla!

 

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